jueves, 19 de agosto de 2010

Sistema Privado De Pensiones

Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) intentan recuperar terreno y ajustan sus estrategias para mejorar los niveles de rentabilidad del Sistema Privado de Pensiones (SPP), afirmó el gerente de estrategia de inversiones de Prima AFP, José Rocca.

Nuestras estrategias siempre se enfocan a conseguir mejores resultados en el largo plazo. Por ello, optamos por nuevas iniciativas para enfrentar coyunturas como la actual. Así, diversificamos la cartera que estaba concentrada en commodities y buscamos instrumentos de demanda interna", manifestó.
Indicó que las AFP también optan por analizar los crecimientos periódicos de algunos sectores productivos y aprovechan el hecho que ahora puedan realizar mayores inversiones en el exterior.



"Esto definitivamente nos permite diversificar aún más nuestras inversiones y nos brinda posibilidades de obtener una mayor rentabilidad", dijo.


Para el gerente de inversiones de Profuturo AFP, Pedro Grados, pese a la coyuntura internacional, los mercados emergentes mantienen perspectivas interesantes desde el punto de vista económico, lo que se refleja positivamente en los mercados de capitales y por consiguiente, en mejores proyecciones para los fondos de pensiones.


"A pesar de las fluctuaciones económicas internacionales, a fin de año los fondos deberían alcanzar interesantes niveles de rentabilidad. En la historia del SPP, solamente en tres años se registraron rentabilidades negativas, pero el mercado supo recomponerse favorablemente", comentó.


Los niveles de rentabilidad se miden al largo plazo. Si nos enfocamos en el fondo más antiguo, que es el Fondo 2, estamos hablando de una rentabilidad de 14 por ciento anual en los 17 años de creación del sistema, puntualizó Grados.


Para Rocca, el Fondo 1 tiene las mayores posibilidades de cerrar el año con cifras azules, puesto que los bonos de su portafolio, que son el 90 por ciento de sus inversiones, tienen una tasa de interés positiva.


En el marco de una recuperación generalizada de los mercados, el Fondo 3 mostraría un mayor dinamismo con respecto a los fondos 1 y 2, debido a que su componentes de acciones es muy fuerte.


En un escenario sin mayores movimientos de mercado, el Fondo 1, que es de muy bajo riesgo, normalmente tiende a converger en rentabilidades positivas.


El Fondo 2, por su parte, también depende del comportamiento de los mercados bursátiles, aunque en una medida menor que el Fondo 3.


Ante el clima electoral que ya se vive en el país y que podría tener alguna implicancia en el desempeño del SPP, el gerente de estrategia de inversiones de Prima AFP, indicó que no se prevé una mayor influencia en el comportamiento de la economía en el país.

"En estos momentos, el mercado interpreta que habrá continuidad del modelo, por lo que no se estaría generando un mayor impacto sobre la economía y, por consiguiente sobre el SPP", concluyó.

















Compensaciòn De Tiempo De Servicio (C.T.S)

1. ¿Qué es la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)?



Es un beneficio social de previsión de las posibles contingencias que origine el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y de su familia.


2. ¿Quiénes se encuentran comprendidos dentro del beneficio de la CTS?


Se encuentran comprendidos dentro del beneficio de la CTS los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, que cumplan, cuando menos en promedio, una jornada mínima de 4 horas diarias.


3. ¿Quiénes están excluidos de percibir la CTS?


Se encuentran excluidos de percibir los beneficios de la CTS los siguientes grupos de trabajadores:


a) Trabajadores que no cumplan cuando menos en promedio semanal una jornada mínima de 4 horas diarias


b) Trabajadores que perciban el 30% o más del importe de las tarifas que paga el público por los servicios (no se considera tarifa las remuneraciones de naturaleza imprecisa tales como la comisión y el destajo).


c) Trabajadores sujetos regímenes especiales de CTS, tales como los de construcción civil, pescadores, artistas, trabajadoras del hogar y casos análogos, se rigen por sus propias normas.


4. ¿Cuándo se produce el inicio del cómputo de la CTS?


El derecho a la CTS nace desde que se alcanza el primer mes de iniciado el vinculo laboral, cumplido este requisito toda fracción laborada dentro del mes se computa por treintavos.



5. ¿Cuáles son los meses de base de cálculo para la CTS?


El beneficio de la CTS se computa semestralmente al 30 de abril y al 31 de octubre de cada año; en las indicadas fechas se establece cuantos meses y días se acumulan, con descuento de los días de inasistencia no computables.


6. ¿Cómo se produce el pago de la CTS en el caso de cese del trabajador?


La CTS que se devengue al cese del trabajador por periodo menor a un semestre le será pagada directamente por el empleador dentro de las 48 horas de producido el cese y con efecto cancelatorio. La remuneración computable será la vigente a la fecha de cese del trabajador.


7. ¿Cuál es el tiempo de servicios a considerar para el pago de la CTS?


Son computables los días de trabajo efectivo. En consecuencia los días de inasistencia injustificada, así como los días no computables se deducirán del tiempo de servicios a razón de un treintavo por cada uno de estos días.


8. ¿Qué tiempo de servicios se considera por excepción para el pago de la CTS?


Por excepción también son computables:


Las inasistencias por accidentes de trabajo o enfermedad profesional, o enfermedades debidamente comprobadas, en un periodo máximo de 60 días al año.


Los días de descanso pre y post natal


Los días de suspensión de la relación laboral de manera imperfecta.


Los días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente o ilegal.


Los días que devenguen remuneraciones en un procedimiento judicial.




9. ¿Qué se entiende por remuneración computable para el cálculo de la CTS?


La remuneración computable, que sirve como remuneración de referencia para el cálculo de la CTS, es la remuneración básica y todas las cantidades que regularmente perciba el trabajador, en dinero o en especie, como contraprestación de su labor, cualquiera que sea la denominación que se le dé, siempre que sea de su libre disposición.


10. ¿Cuándo procede el cómputo de remuneración complementaria de naturaleza variable o imprecisa?


Tratándose de remuneración complementaria de naturaleza variable o imprecisa (por ejemplo horas extras), se considera cumplido el requisito de regularidad si el trabajador las ha percibido cuando menos tres (3) meses en cada periodo de seis (6) meses.
11. ¿Cómo se produce el cálculo para la CTS de la remuneración en especie?


Cuando se pacte el pago de la remuneración en especie (por ejemplo alimentos o bienes que produce la empresa), se valorizará de común acuerdo entre empleador y trabajadores involucrados, o a falta de acuerdo, por el valor de mercado, y su importe se consignará en el libro de planillas y boletas de pago.


12. ¿Cómo se produce el cálculo de la CTS para comisionistas, destajeros y trabajadores con remuneración principal imprecisa?


En el caso de trabajadores que perciban remuneración principal imprecisa, la remuneración computable se establece sobre la base del promedio de las comisiones, destajo o remuneración principal imprecisa percibidas por el trabajador en el semestre respectivo.


Si el periodo a liquidar fuera menor a seis (6) meses, el cálculo se establecerá sobre la base del promedio diario de lo percibido.


13. ¿Qué conceptos son considerados remuneración computable para el pago de la CTS?


Algunos de los conceptos remunerativos más importantes que son considerados como remuneración computable para el cálculo de la CTS, son los siguientes:


a) Remuneración básica


b) Asignación familiar


c) Gratificaciones legales de julio y de diciembre


d) Gratificaciones ordinarias


e) Comisiones


f) Horas extras


g) Remuneración vacacional


h) Remuneración de día de descanso y feriado


14. ¿Dónde se realiza el depósito de la CTS?


Los depósitos pueden efectuarse en cualquiera de las empresas del sistema financiero elegida por el trabajador: bancarias, financieras, cajas municipales, cajas rurales y cooperativas de ahorro y crédito.


15. ¿Cuándo es la oportunidad del depósito semestral?


Los depósitos que efectúe el empleador deben realizarse dentro de los primeros quince (15) días naturales de los meses de mayo y noviembre de cada año. Si el último día es inhábil, el depósito puede efectuarse el primer día hábil siguiente.



16. ¿Cómo se determina al depositario de la CTS?


El trabajador que ingrese a prestar servicios deberá comunicar a su empleador por escrito, en un plazo que no excederá del 30 de abril o 31 de octubre según su fecha de ingreso, el nombre del depositario que ha elegido, y el tipo de cuenta y moneda. Si el trabajador no realiza la comunicación, el empleador depositará la CTS en cualquiera de las instituciones autorizadas, a plazo fijo por el periodo mas largo permitido.





17. ¿Cuál es la condición legal de los depósitos de la CTS?


Los depósitos de la CTS, incluidos sus intereses, son intangibles e inembargables, salvo por alimentos y hasta por un monto máximo del 50%.


18. ¿Cuánto es el monto máximo posible que podrá retirar un trabajador de sus depósitos de CTS?


El monto máximo posible que podrá retirar un trabajador de sus depósitos de CTS no podrá exceder en su conjunto del 50% del total de la compensación por tiempo de servicios depositada y sus intereses, computado desde el inicio de los depósitos.


19. ¿Cómo se produce el pago de la CTS al producirse el cese del trabajador?


Con excepción de los retiros parciales autorizados, la CTS y sus intereses sólo podrán ser pagados al trabajador y/o derechos habientes, según corresponda, al producirse el cese. Para el retiro correspondiente el trabajador deberá acompañar a su solicitud la certificación del empleador que acredite el cese.



20. ¿Qué ocurre si el empleador no extiende la constancia de cese al trabajador?


Cualquier causa que conlleve a la imposibilidad del empleador de entregar la constancia de cese, dará lugar a que acreditado dicho cese, la Autoridad Inspectiva de Trabajo, sustituyendo al empleador, extienda tal certificación a efectos de permitir al trabajador el retiro de sus beneficios sociales, independientemente de la sanción a aplicar a la empresa infractora.



21. ¿Cómo se produce el pago de la CTS en caso de fallecimiento del trabajador?


El depositario de la CTS, en caso de fallecimiento del trabajador, procederá de la siguiente manera:


A solicitud de parte, entregará sin responsabilidad alguna, al cónyuge supérstite a la conviviente a que se refiere el artículo 326º del Código Civil (2 años de conviviente sin impedimento matrimonial), el 50% del monto total acumulado de la CTS y los intereses correspondientes al trabajador fallecido.


El depositario mantendrá en custodia el saldo del depósito y sus intereses hasta la presentación del testamento o declaratoria de herederos.


22. ¿Cómo procede el uso del 80% de la CTS para la adquisición, construcción o mejoramiento de vivienda?


A solicitud del trabajador podrá utilizarse, en forma excepcional y por una solo vez, hasta el 80% del total de la CTS e intereses del total de la CTS e intereses, destinándolo a la adquisición, construcción mejoramiento de vivienda o adquisición de terreno.


El porcentaje señalado está compuesto por el cincuenta por ciento (50%) de libre disposición, y el treinta por ciento (30%) excepcional y por única vez regulado en la Ley Nº 28461 (para vivienda).


23. ¿Cuánto tiempo tiene un trabajador para solicitar el pago de sus Beneficios Sociales?


De acuerdo a la Ley 27321, en su artículo único señala: las acciones por derechos derivados de la acción laboral prescriben a los cuatro (04) años, contados desde el día siguiente en que se extingue el vínculo laboral.







Plantillas

El Seguro Social alcanza a casi todas las familias, y en un punto dado tocará la vida de casi todas las personas en los Estados Unidos.



El Seguro Social no sólo ayuda a personas mayores de edad, sino también a trabajadores que se incapacitan y a familias donde un cónyuge o un padre fallece. Actualmente, más de 160 millones de personas trabajan y pagan impuestos de Seguro Social y más de 52 millones de personas reciben beneficios mensuales de Seguro Social.


La mayoría de nuestros beneficiarios son personas jubiladas y sus familiares —aproximadamente 36 millones de personas.


Sin embargo, el Seguro Social nunca fue diseñado para ser la única fuente de ingreso para las personas cuando se jubilen. El Seguro Social reemplaza alrededor de 40 por ciento del promedio de ingresos de un trabajador común después de jubilarse, y la mayoría de los asesores económicos dicen que las personas jubiladas necesitarán un 70 por ciento o más de sus ganancias antes de jubilarse para vivir cómodamente. Las personas necesitan mucho más que el Seguro Social para vivir cómodamente cuando se jubilen. También necesitan pensiones privadas, ahorros e inversiones.

La Administración del Seguro Social quiere que entienda lo que el Seguro Social podría significar para su futuro económico y el de su familia. Esta publicación, Comprendiendo los beneficios, explica los fundamentos de los programas de beneficios del Seguro Social por jubilación, incapacidad y para sobrevivientes.


Contratos Laborables

El contrato de trabajo puede celebrarse por tiempo determinado, por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, por tiempo indefinido o para ejecutar un trabajo ocasional, accidental o transitorio. (artículo .45 del Código Sustantivo de Trabajo).



1o) Si antes de la fecha de vencimiento del término estipulado, ninguna de las partes avisare por escrito a la otra su determinación de no prorrogar el contrato, con una antelación no inferior a treinta (30) días, éste se entenderá renovado por un período igual al inicialmente pactado, y así sucesivamente.


2°.-El artículo 5° de la misma ley que subrogo el artículo 47 del C.S.T, define el contrato por duración indefinida en los siguientes términos:


El contrato de trabajo no estipulado a término fijo o cuya duración no esté determinada por la de la obra o la naturaleza de la labor contratada, o no se refiera a un trabajo ocasional o transitorio, será contrato a término indefinido.


3°.- El contrato de trabajo por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada, este contrato dura tanto cuanto dure la tarea encomendada.


Por último el contrato para realizar un trabajo ocasional accidental o transitorio, el cual es de corta duración, no mayor de un mes y que se refiere a labores distintas de las actividades normales del patrono. (Art. 6° del C.S.T.)


Seguro Social


La seguridad social se refiere principalmente a un campo de bienestar social relacionado con la protección social o la cobertura de las necesidades socialmente reconocidas, como la salud, la pobreza, la vejez, las discapacidades, el desempleo, las familias con niños y otras.


La Organización Internacional del Trabajo, (OIT),, en un documento publicado en 1991 denominado "Administración de la seguridad social" definió la seguridad social como:


La protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que, de no ser así, ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, accidente de trabajo, o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma de asistencia médica y de ayuda a las familias con hijos.

Selecciòn De Personal

El Objetivo específico de la selección es escoger y clasificar los candidatos más adecuados para satisfacer las necesidades de la empresa.



La selección de recursos humanos se define como la escogencia del individuo adecuado para el cargo adecuado, o en un sentido más amplio, escoger entre los candidatos reclutados a los más adecuados, para ocupar los cargos existentes en la empresa, tratando de mantener o aumentar la eficiencia y el rendimiento del personal.


La selección busca solucionar dos problemas fundamentales:


1. Adecuación del hombre al cargo,


2. Eficiencia del hombre en el cargo


Si todos los individuos fueran iguales y reunieran las mismas condiciones para aprender a trabajar, la selección no sería necesaria; pero hay una enorme gama de diferencias individuales, tanto físicas como psicológicas, que hacen que las personas se comporten y perciban las situaciones de manera diferente, y a que logren mayor o menor éxito en el desempeño de sus funciones.


Las personas difieren tanto en la capacidad para aprender a realizar una tarea como en la ejecución de ella, una vez aprendida.Por ello el proceso de selección debe suministrar no sólo un diagnóstico, sino también un pronóstico de esas dos variables.

Gestion de personal

En primer lugar, la creación de un ambiente de trabajo positivo, agradable y productivo, esta es una de las habilidades más importantes de un buen gerente. La buena gestión de empleados se traduce en un personal que trabaja duro, disfruta de sus puestos de trabajo y se mantiene motivado. Un buen gerente puede hacer un trabajo con un alto nivel estrés, en una tarea agradable para sus empleados, y mantener buenos funcionarios a largo plazo. Como gerente, usted tiene un papel importante no sólo en la gestión de personas, sino también crear un buen ambiente de trabajo para su personal. Sus tareas en la gestión de los empleado, podrán incluir no sólo la gestión del personal día a día, sino también la contratación, el despido y la gestión del rendimiento en general. Usted también puede tener tareas de reporte, responsabilidades financieras, y otras responsabilidades específicas de un cargo directivo. Si eres nuevo en la gestión de empleados, puede sentirse abrumado y preocupado. Es evidente que a su superiores usted les pareció apto para gestión del personal, por lo que sólo tendrá que asegurarse de que entiende cómo crear un buen ambiente de trabajo, motivar a sus empleados, y mantenerse organizado y atendiendo todas sus responsabilidades. Si lo desea, puede estudiar algún sistema de gestión del desempeño, ya sea para su trabajo a para la las tareas de sus empleados.

Referencias Personales

Nombre: Gianina
Apellido: Perez Taboada
I.E        :Emma Dettmann De Gutierrez
Grado y Secciòn: 4 "D"
Profesor: Luis Gutierrez
Cursos Favoritos: Matematica, Religiòn, Computaciòn
Hobby: Jugar, Cantar, Escuchar musica, Chatear y Limpiar.